Los trabajadores con este tipo de contratos deben declarar renta si su salario anual es mayor a 1.400 UVT o $53,2 millones
Cuando inicia una relación laboral, lo primero que hay que preguntarse es qué tipo de contrato se manejará entre el empleador y el empleado. Dependiendo de esto, usted tendrá ciertas restricciones en tiempo, remuneración, vínculos, entre otros.
Por ejemplo, un caso muy común en los contratos por prestación de servicios es que el empleador acumule los pagos y los consigne en una sola transacción. Esto es un problema si se tiene en cuenta que las personas naturales y sucesiones ilíquidas deben presentar declaración de renta cuando los ingresos brutos sean iguales o superiores a 1.400 UVT ($53,2 millones).

Sin embargo, debe saber que la obligación de declarar renta en Colombia debe mirarse de forma anualizada.
“Esta obligación no es mensual, sino anual. Sin embargo, si lo que mensualmente recibe el trabajador por el contrato de prestación de servicios supera cierto monto establecido en la ley, la entidad contratante tendrá la obligación de practicarle retención en la fuente”, explicó Sebastián Salazar, director de laboral en Cuatrecasas.