Si usted debe presentar la declaración de renta, tenga en cuenta que el 12 de agosto próximo se inician los vencimientos para enviar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) ese documento para personas naturales, correspondiente al año gravable 2024. Para esto también debe tener cuenta la información exógena tributaria que publicará Dian. Dos expertas explican que es esta.

Durley Helena Huertas, docente del programa de Contaduría Pública de la Fundación Universitaria del Área Andina, sede Pereira, explicó a EL TIEMPO que ya debería estar disponible en la página de la Dian la opción de consulta de la información exógena, con la que usualmente se “facilita” el cumplimiento de dicha obligación. Sin embargo, contadores y contribuyentes se han encontrado con que la misma no ha sido publicada.
La Dian informó que la información exógena se publicará el último día hábil de este mes de julio, es decir, el jueves 31.

¿Qué es la información exógena?

Huertas explicó que la información exógena es el conjunto de datos que tanto personas naturales como jurídicas deben reportar a la Dian. Esta información se refiere a las operaciones realizadas con terceros, que la persona natural o jurídica, efectuó durante el año gravable anterior (en este caso, 2024) con clientes, proveedores, bancos, entidades de seguridad social, fondos de cesantías, entre otros.
La experta aclaró que dicha información, que no es una declaración tributaria, debe presentarse de acuerdo a unas especificaciones técnicas señaladas por la Dian en la normatividad de cada año, utilizando para ello los servicios informáticos electrónicos (www.dian.gov.co), dentro de los plazos señalados para ello.

¿Qué tipo de datos se reportan?

La docente universitaria enumeró los datos que la Dian solicita en la información exógena. Son los siguientes:
  • Pagos y abonos en cuenta
  • Retenciones en la fuente
  • Ingresos recibidos
  • Saldos de cuentas por cobrar y pagar
  • Información sobre socios, accionistas o cooperados
  • Inversiones, cuentas bancarias, entre otros
  • ¿Para qué pide la Dian esa información?

    Huertas explicó que dicha información, que anteriormente se conocía como medios magnéticos, tiene como objetivo principal permitir a la Dian realizar cruces de información para verificar la veracidad de las declaraciones tributarias que presentan los diferentes contribuyentes y detectar posibles inconsistencias; hacer control fiscal o determinar una posible evasión fiscal.
  • Además, según la experta, con dicha información, la Dian organiza en la plataforma, la promocionada “declaración sugerida” que finalmente muchos contribuyentes (personas naturales obligadas a declarar renta) “pueden” terminar utilizando para cumplir con su obligación tributaria. Sin embargo, Huertas aclaró que la declaración sugerida, es solo un “borrador” de la declaración oficial, es una “herramienta de orientación” que busca facilitar el cumplimiento tributario.
  • Sirve para detectar evasores de impuestos

    La contadora pública y experta en revisoría fiscal, Katerine Blandón Gallego, explicó que con la información exógena la Dian puede detectar evasores y elusores (quienes hacen elusión) de impuestos, principalmente a los primeros, porque el objetivo de esa entidad aumentar el número de contribuyentes, que más personas naturales declaren renta. 
    Blandón añadió que a la hora de declarar renta es importante reportarle a la Dian con quién se hacen transacciones para evitar la evasión de impuestos y, por ende, costosas sanciones económicas.
    “La información exógena es un conjunto de datos que personas naturales y jurídicas deben reportar a la Dian, con el fin de permitirle a la entidad cruzar información sobre ingresos, egresos, pagos, retenciones, compras, ventas y otros movimientos económicos. Esta herramienta es vital para la lucha contra la evasión fiscal, el control tributario, y el prellenado de declaraciones sugeridas”, precisó Blandón.
  • Con la información exógena ya disponible -añadió la experta-, los contribuyentes podrán revisar los datos reportados por terceros (bancos, empleadores, contratistas, etc.) antes de presentar su declaración de renta. La Dian también utilizará esta información para ofrecer declaraciones sugeridas a los contribuyentes no obligados a llevar contabilidad.

    ¿Qué es Ayuda Renta?

    La contadora y docente Durley Huertas resaltó que la Dian ha afirmado en los últimos días, debido a las dificultades que ha tenido, que el reporte de información exógena no es indispensable para declarar renta y que los contribuyentes pueden acceder también a la herramienta gratuita denominada “Ayuda Renta”, la cual está disponible, en la página web oficial de la entidad.

    Finalmente, las dos expertas les recomendaron a los contribuyentes, que para evitar “dolores de cabeza”, que pueden venir mas adelante en un proceso de fiscalización, lo mejor es acudir siempre a un profesional idóneo que lo asesore correctamente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, revisando la documentación requerida, los plazos establecidos, la información adicional que deba incluirse y aquella que no es posible incluir porque la norma no lo permite

Fuente: Eltiempo.com