El presidente Gustavo Petro firmó el articulado de la reforma laboral, y con esto entra oficialmente en vigencia el proyecto liderado por el Ministerio del Trabajo, y que hace unos días fue conciliado por el Congreso. El evento desarrollado en el museo Casa Quinta de Bolívar, el mandatario nacional hizo énfasis que se debe seguir insistiendo en que se apruebe la reforma a la salud y que se insista en la pensional.
“Hoy es un día importante para la historia de Colombia. Ganamos todos. Hoy la reforma es una realidad. Hay 11.000 estudiantes de medicina que podrán tener un salario mínimo en su internado y más de 310.000 aprendices del
El mandatario nacional insistió que el proyecto revalida los derechos de los trabajadores, y pidió que el Gobierno que lo suceda proteja el proyecto, y no lo deje como “palabras muertas”. Petro agregó que con esta iniciativa se podrán mitigar otras problemáticas sociales.
Asimismo, invitó a los trabajadores a unirse para que se garantice el cumplimiento de la ley, “aquí empieza una fase de organización de la clase trabajadora de Colombia”, apuntó.
“Es una reforma que no solo protege al trabajador, sino que también contribuye a la consolidación del aparato productivo del país”, explicó el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino.
Sanguino agregó que con la firma del presidente “se consagra una victoria del pueblo trabajador, de las organizaciones sindicales y de quienes creemos en un país más justo”.
El ministro de Trabajo también dijo que con esta ley se devuelven derechos “arrebatados” y se fortalecen la estabilidad laboral, protege a las y los trabajadores más vulnerables y dignifica el empleo.
“Desde el Ministerio de Trabajo seguiremos vigilantes y comprometidos con su implementación. El trabajo digno ya no es una promesa: es ley, y se va a cumplir”, apuntó Sanguino.
El ABC de los cambios en la jornada laboral
El artículo 11 llamado Trabajo Diurno y Nocturno, modifica el artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo e indica que la jornada diurna se realizará entre los períodos comprendidos entre las 6:00 a.m. y las 7:00 p.m. Mientras que el trabajo nocturno será el que se realice entre las 7:00 p.m. y las 6:00 a.m.
Mientras que el artículo 12, denominado como Jornada Máxima Legal, señaló que la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo es de ocho horas al día, y una jornada máxima de 42 horas a la semana.
En cuanto a las horas extras se detallan en el artículo 13 donde se indica que el empleador deberá llevar un registro del trabajo suplementario de cada trabajador en el que se especifique el nombre, actividad desarrollada y número de horas laboradas con la precisión de si son diurnas o nocturnas.
Por su parte, el artículo 15 de la reforma laboral, el cual se refiere sobre la remuneración en días de descanso obligatorio, señala que el trabajo en día de descanso obligatorio o días de fiesta se debe remunerar con un recargo de 100% sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas.
Este incremento del recargo de 100% se haría de manera gradual de la siguiente manera: a partir del primero de julio de 2025, se incrementará el recargo por laborar en día de descanso obligatorio a 80%; a partir del primero de julio de 2026, se incrementará el recargo por laborar en día de descanso obligatorio a 90%; a partir del primero de julio de 2027, se dará plena aplicación al recargo por laborar día de descanso obligatorio en los términos de este artículo. Agregaron que lo anterior, sin perjuicio que a la entrada en vigencia de la presente Ley, el empleador se acoja al recargo de 100%.
Ley de Salud Mental
Durante el mismo evento, el presidente también sancionó la Ley de Salud Mental, la cual será una norma que actualizará el marco legal existente y responde a las urgencias contemporáneas en materia de salud psicosocial.
Esta ley tiene como objetivo garantizar el acceso universal, digno y oportuna a servicios de salud mental, esto sin importar la edad, género, condición social o lugar de origen de las personas.
De igual manera, establece medidas concentras contra la prevención de trastornos mentales, su atención integral y la protección del bienestar emocional en contextos diversos como lo pueden ser las escuelas, los hogares, los lugares de trabajo, las cárceles y las comunidades.
Entre sus componentes se encuentra la educación emocional con enfoque preventivo y diferencial; la provisión de servicios con enfoque humano y accesible; el fortalecimiento del monitoreo institucional; y la inclusión de mecanismos para asegurar la participación ciudadana.
Fuente: Larepublica.co